Publicar imágenes de empleada yendo al baño




Recientemente una empresa no ha tenido otra feliz idea para intentar corregir el tiempo dedicado a ir al baño durante la jornada laboral, que publicar un comentario jocoso a través de chat interno en la empresa, publicando que tal empleada había dedicado durante dos veces en un día 18 minutos de su jornada a ir al baño.


Además de realizarse los comentarios por parte del responsable, este publicó dos vídeos de las cámaras de seguridad de las instalaciones: uno que mostraba a la empleada saliendo de la línea de producción y otro en el que se la veía regresando, todo ello acompañado de audios de dicho responsable recriminando el comportamiento.


En la respuesta a la reclamación, la empresa encuadra los comentarios y publicaciones en “una reacción en caliente por parte de la persona encargada del seguimiento de la producción, ante la ausencia por un tiempo prolongado de alguna persona en su puesto de trabajo, hecho que deriva en un perjuicio notorio para la empresa y los demás trabajadores”.


Se ha tenido en cuenta la capacidad económica de la empresa y el hecho de que la difusión no fue muy alta dado que las imágenes no eran muy claras y que además el idioma en el que se manejan en el chat interno es el chino (ya que la empresa tiene este origen) y por lo tanto en España, no se conocía completamente el contenido, pero la trabajadora presentó como prueba una traducción jurada de los comentarios y todo ello ha derivado en la imposición de una sanción de 70.000 €.


CURIOSIDADES & NOTICIAS

26 de marzo de 2025
"No todo vale", indica la Casa Real española. Por ello, ha presentado denuncia en Chile, por vulneración del derecho a la intimidad de la Princesa Leonor, cuya imagen fue filtrada a la prensa y captada mientras paseaba de compras con sus compañeros por un centro comercial en dicho país, con ocasión de unos momentos de descanso en la escala que el buque Juan Sebastián Elcano realizó en su travesía y el cuya tripulación forma parte la Princesa. Considera la Casa Real que se ha vulnerado la legalidad vigente de la Ley de Protección de Datos de Chile y por supuesto, la normativa española vinculada al Reglamento Europeo, como ciudadana que es de esta Unión.
20 de marzo de 2025
Tras varios años y diferentes expedientes sancionadores abiertos, la AEPD ha dictado una resolución sancionadora a LaLiga por importe de 1 millón de euros, por un uso indebido de datos biométricos para el acceso a estadios, sin haber llevado a cabo las herramientas debidas. Así, considera la AEPD que «para salvaguardar el derecho fundamental de los abonados a las gradas de animación», la AEPD ordena a LaLiga que «límite temporal o definitivamente el tratamiento», con el sistema de reconocimiento biométrico para los accesos a la grada de animación de los clubes y SAD afiliados a LaLiga, en tanto no realice y supere una evaluación de impacto de protección de datos del tratamiento que sea válida. La entidad sancionada, ha manifestado que procederá a recurrir la resolución sancionadora.
Condenado un hacker por acceder ilícitamente a datos personales para ejecutar una estafa
17 de marzo de 2025
La Audiencia de Valladolid ha condenado al acusado de obtener datos personales hackeando una web de coches a dos años y seis meses de prisión. El tribunal le considera responsable de un delito de estafa informática en concurso con otro de falsedad de documento mercantil y le impone además una multa de ocho meses con una cuota diaria de ocho euros y otros 55.875,6 euros más los intereses correspondientes en indemnizaciones. El condenado llevó a cabo un delito de estafa utilizando un hackeo ilegal de una web de compra/venta de vehículos accediendo al sistema ilegalmente para finalidades ilícitas.
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