¿Registrar una marca ya registrada previamente en otra clasificación es posible?




Si quieres una respuesta exacta a esta pregunta no puedo dártela. A veces sí, a veces no.


En principio, una marca se registra para una clasificación que eliges en función de tu tipo de negocio o actividad, o aquellas que presumiblemente pretendes desarrollar en el futuro, y por lo tanto, si alguien llega al mercado y pretende registrar una marca (nos olvidamos del  trasnochado concepto "marca notoria"), podrá solicitarlo a priori y en general, habrá suerte si la marca ya registrada no se opone por su propio interés.


En caso de que no haya oposición a nuestra solicitud, posiblemente el registro siga adelante salvo que de oficio la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) advierta algún grave riesgo en el mercado, pero si alguien se opone, la cosa entra sí o sí, a examen. La OEPM procederá al análisis de la situación y tomará una decisión.


¿De qué va a depender su decisión?


Pues principalmente de la confusión que se genere en el mercado y el grado de similitud, la gráfica, los signos externos, etc. Es evidente que una marca idéntica a otra en la misma clasificación, por preexistencia, de entrada sería rechazable, pero si se trata de otro sector, no siempre se genera confusión. Pero, si los sectores, actividad o destino de la marca tienen algún punto de coincidencia por pequeño que sea, y además existe una exactitud entre ambas marcas, posiblemente la oposición sea atendida y no autorizado el registro de la segunda marca, aunque se trate de una categoría de clasificación diferente, y ello por preservar al consumidor en el mercado y evitarle la confusión de que adquiriendo una marca de un producto en el mercado, caiga en la falsa creencia de haber adquirido un producto de la otra marca, o marca original.


Ya te digo: No hay respuesta exacta, depende de cada caso.


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