Advertencia de la AEPD sobre la captación de "neurodatos"




La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha advertido del carácter intrusivo que tienen muchos de los “neurodatos” que son capaces de captar algunos dispositivos, y ha incidido en la importancia de crear y de regular los “neuroderechos”.


La AEPD y el Supervisor Europeo de Protección de Datos han publicado un informe conjunto en el que analizan los retos que supone el tratamiento de los “neurodatos” para los derechos y libertades de las personas en el que recuerda que los recientes avances en neurotecnología permiten la aparición de un número creciente de dispositivos conectados que monitorizan la actividad cerebral para distintos propósitos.


Así, el cerebro desempeña un papel crucial en las capacidades cognitivas humanas, en las decisiones, las emociones y los comportamientos, entre otras funciones y si bien las técnicas de imagen cerebral se desarrollaron originalmente en el contexto de la medicina clínica y la investigación neurocientífica y demostraron ser eficaces para diversos tratamientos, durante los últimos años ha crecido el uso de esas tecnologías para otros fines, como los comerciales como medir la reacción del cerebro humano ante anuncios o productos, para estudiar, analizar y predecir el comportamiento de los consumidores, y las neurotecnologías también se han utilizado en dispositivos portátiles para una serie de actividades cotidianas, como la educación y el entretenimiento.


El informe analiza qué supone el tratamiento de neurodatos en distintos contextos como el entorno educativo o los videojuegos, así como las amenazas que suponen algunos de ellos, y especifica los requisitos y los principios de protección de datos que deben cumplirse para el tratamiento de esta tipología de datos personales, que en muchos casos constituyen categorías especiales de datos (como los datos biométricos o los de salud), por lo que la AEPD ha recordado que en principio, el tratamiento de categorías especiales de datos está prohibido, salvo excepciones en las que concurren unas circunstancias determinadas.



CURIOSIDADES & NOTICIAS

26 de marzo de 2025
"No todo vale", indica la Casa Real española. Por ello, ha presentado denuncia en Chile, por vulneración del derecho a la intimidad de la Princesa Leonor, cuya imagen fue filtrada a la prensa y captada mientras paseaba de compras con sus compañeros por un centro comercial en dicho país, con ocasión de unos momentos de descanso en la escala que el buque Juan Sebastián Elcano realizó en su travesía y el cuya tripulación forma parte la Princesa. Considera la Casa Real que se ha vulnerado la legalidad vigente de la Ley de Protección de Datos de Chile y por supuesto, la normativa española vinculada al Reglamento Europeo, como ciudadana que es de esta Unión.
20 de marzo de 2025
Tras varios años y diferentes expedientes sancionadores abiertos, la AEPD ha dictado una resolución sancionadora a LaLiga por importe de 1 millón de euros, por un uso indebido de datos biométricos para el acceso a estadios, sin haber llevado a cabo las herramientas debidas. Así, considera la AEPD que «para salvaguardar el derecho fundamental de los abonados a las gradas de animación», la AEPD ordena a LaLiga que «límite temporal o definitivamente el tratamiento», con el sistema de reconocimiento biométrico para los accesos a la grada de animación de los clubes y SAD afiliados a LaLiga, en tanto no realice y supere una evaluación de impacto de protección de datos del tratamiento que sea válida. La entidad sancionada, ha manifestado que procederá a recurrir la resolución sancionadora.
Condenado un hacker por acceder ilícitamente a datos personales para ejecutar una estafa
17 de marzo de 2025
La Audiencia de Valladolid ha condenado al acusado de obtener datos personales hackeando una web de coches a dos años y seis meses de prisión. El tribunal le considera responsable de un delito de estafa informática en concurso con otro de falsedad de documento mercantil y le impone además una multa de ocho meses con una cuota diaria de ocho euros y otros 55.875,6 euros más los intereses correspondientes en indemnizaciones. El condenado llevó a cabo un delito de estafa utilizando un hackeo ilegal de una web de compra/venta de vehículos accediendo al sistema ilegalmente para finalidades ilícitas.
¿Tienes más interés?