La AEPD sanciona a un banco por equívoco en el uso de datos de una cliente

Maldita la gracia que le hizo a un ciudadano español que le cargaran en su cuenta corriente, los recibos de hipoteca de persona, cliente de CETELEM.
Precisamente es lo que ha investigado un expediente que ha concluido con sanción de la AEPD por el que se comprobó que efectivamente, la entidad utilizó indebidamente los datos de la cuenta de un ciudadano español no cliente de CETELEM ni teniendo relación previa alguna con ellos, para cargarle los recibos de la hipoteca de otra persona, que sí era cliente de dicha entidad, sin observar el cuidado debido en el uso de los datos personales tanto de uno como de otra.
Efectivamente en el contrato de hipoteca figuraba el número de cuenta erróneo, y por lo tanto, CETELEM, cargó dos recibos al mes durante unos meses. El afectado interpuso reclamación que el banco no atendió de inicio y se vió en la obligación de presentar denuncia ante la AEPD. A pesar de haber recuperado el importe indebidamente cargado, la AEPD ha impuesto a CETELEM una sanción de 250.000 € por no haber adoptado las medidas técnicas y organizativas necesarias para evitar un hecho fácilmente comprobable y además, no actuar de inmediato.
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