Presidente de Comité de Empresa sancionado por divulgar datos indebidamente




En estos días hemos conocido una resolución sancionadora de la AEPD que concluye un expediente iniciado tras denuncia de las personas afectadas contra la persona infractora. 


Esta resolución sanciona al Presidente de un Comité de empresa que expuso en un tablón de anuncios público y al que podían tener acceso incluso personas ajenas a la empresa, una circular informando de un despido colectivo adoptado en una reunión cuya acta fue directamente publicada sin sesgo alguno, incluso con el anexo en el que figuraban los nombres, apellidos, DNI, etc, de las personas trabajadoras afectadas, y ademas, sin esperar a que cada despido fuera comunicado directamente a cada persona interesada.


Si bien es cierto que la AEPD ha tenido en consideración que los representantes de los trabajadores cuentan con la atribución de publicar en el tablón de anuncios de la empresa los asuntos que sean de interés de los empleados, “esta facultad no puede operar como una cláusula abierta ilimitada que permita publicar o revelar datos personales que afecten a todos los trabajadores, indiscriminadamente”, de modo que antes de publicarlo debió haberse notificado individualmente a las personas afectadas y directamente por la empresa, no por el Comité.


Recordémoslo y tengamos en cuenta que esta situación se puede producir en cualquier otro ámbito. Por favor, debemos extremar la cautela en la protección de la intimidad.



CURIOSIDADES & NOTICIAS

26 de marzo de 2025
"No todo vale", indica la Casa Real española. Por ello, ha presentado denuncia en Chile, por vulneración del derecho a la intimidad de la Princesa Leonor, cuya imagen fue filtrada a la prensa y captada mientras paseaba de compras con sus compañeros por un centro comercial en dicho país, con ocasión de unos momentos de descanso en la escala que el buque Juan Sebastián Elcano realizó en su travesía y el cuya tripulación forma parte la Princesa. Considera la Casa Real que se ha vulnerado la legalidad vigente de la Ley de Protección de Datos de Chile y por supuesto, la normativa española vinculada al Reglamento Europeo, como ciudadana que es de esta Unión.
20 de marzo de 2025
Tras varios años y diferentes expedientes sancionadores abiertos, la AEPD ha dictado una resolución sancionadora a LaLiga por importe de 1 millón de euros, por un uso indebido de datos biométricos para el acceso a estadios, sin haber llevado a cabo las herramientas debidas. Así, considera la AEPD que «para salvaguardar el derecho fundamental de los abonados a las gradas de animación», la AEPD ordena a LaLiga que «límite temporal o definitivamente el tratamiento», con el sistema de reconocimiento biométrico para los accesos a la grada de animación de los clubes y SAD afiliados a LaLiga, en tanto no realice y supere una evaluación de impacto de protección de datos del tratamiento que sea válida. La entidad sancionada, ha manifestado que procederá a recurrir la resolución sancionadora.
Condenado un hacker por acceder ilícitamente a datos personales para ejecutar una estafa
17 de marzo de 2025
La Audiencia de Valladolid ha condenado al acusado de obtener datos personales hackeando una web de coches a dos años y seis meses de prisión. El tribunal le considera responsable de un delito de estafa informática en concurso con otro de falsedad de documento mercantil y le impone además una multa de ocho meses con una cuota diaria de ocho euros y otros 55.875,6 euros más los intereses correspondientes en indemnizaciones. El condenado llevó a cabo un delito de estafa utilizando un hackeo ilegal de una web de compra/venta de vehículos accediendo al sistema ilegalmente para finalidades ilícitas.
¿Tienes más interés?