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¿Pueden acceder los padres al historial clínico de sus hijos menores de edad?


Tras diferentes posiciones de la jurisprudencia, a cuenta de que existen dos derechos en colisión (privacidad y velar por el interés del menor), la AEPD ha venido resolviendo que en el caso de menores con edad inferior a los 14 años, es evidente que no hay discusión en que el derecho de los padres es absoluto para acceder a las historias clínicas.
En el caso de los mayores de 14 años, es donde se ha sembrado más la duda por cuanto ya son capaces para disponer de sus datos y hubo sentencias del Tribunal Supremo que se inclinaban a dar prevalencia a la voluntad de l menor.

Pero en la actualidad, la AEPD considera que de conformidad con lo establecido por el artículo 154 del Código Civil estaría habilitado el acceso de los padres a la información sanitaria de sus hijos sobre los que ostenten la patria potestad para velar adecuadamente por su salud en cumplimiento de las obligaciones que impone el ejercicio de la patria potestad, incluso para los mayores de 14 años y no existiría limitación al acceso, salvo que una ley disponga la prevalencia de la voluntad del menor,

También habría que estar en la posibilidad de oposición al acceso en caso de que el mismo pueda ser perjudicial para el menor, la patria potestad se ejerza contra los intereses de este, o el progenitor se vea privado de la patria potestad.

CURIOSIDADES & NOTICIAS

26 de marzo de 2025
"No todo vale", indica la Casa Real española. Por ello, ha presentado denuncia en Chile, por vulneración del derecho a la intimidad de la Princesa Leonor, cuya imagen fue filtrada a la prensa y captada mientras paseaba de compras con sus compañeros por un centro comercial en dicho país, con ocasión de unos momentos de descanso en la escala que el buque Juan Sebastián Elcano realizó en su travesía y el cuya tripulación forma parte la Princesa. Considera la Casa Real que se ha vulnerado la legalidad vigente de la Ley de Protección de Datos de Chile y por supuesto, la normativa española vinculada al Reglamento Europeo, como ciudadana que es de esta Unión.
20 de marzo de 2025
Tras varios años y diferentes expedientes sancionadores abiertos, la AEPD ha dictado una resolución sancionadora a LaLiga por importe de 1 millón de euros, por un uso indebido de datos biométricos para el acceso a estadios, sin haber llevado a cabo las herramientas debidas. Así, considera la AEPD que «para salvaguardar el derecho fundamental de los abonados a las gradas de animación», la AEPD ordena a LaLiga que «límite temporal o definitivamente el tratamiento», con el sistema de reconocimiento biométrico para los accesos a la grada de animación de los clubes y SAD afiliados a LaLiga, en tanto no realice y supere una evaluación de impacto de protección de datos del tratamiento que sea válida. La entidad sancionada, ha manifestado que procederá a recurrir la resolución sancionadora.
Condenado un hacker por acceder ilícitamente a datos personales para ejecutar una estafa
17 de marzo de 2025
La Audiencia de Valladolid ha condenado al acusado de obtener datos personales hackeando una web de coches a dos años y seis meses de prisión. El tribunal le considera responsable de un delito de estafa informática en concurso con otro de falsedad de documento mercantil y le impone además una multa de ocho meses con una cuota diaria de ocho euros y otros 55.875,6 euros más los intereses correspondientes en indemnizaciones. El condenado llevó a cabo un delito de estafa utilizando un hackeo ilegal de una web de compra/venta de vehículos accediendo al sistema ilegalmente para finalidades ilícitas.
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