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La AEPD considera insuficiente colocar emoticono en la cara para anonimizar una foto





Tal como se expresa, así esta considerando en sus resoluciones la AEPD, por considerar que aunque se anonimice parcialmente con un emoticono un rostro que aparece en una fotografía, si la persona es identificable por otros medios o se vierten comentarios que acompañan la imagen que puedan dar idea de la identidad de la persona, no se considera anonimización de la fotografía y si no está consentida, conllevaría una sanción.



En esa línea ha sancionado con incluso 3.000 € recientemente a una escuela de idiomas por realizar esta práctica con un alumno menor de edad, por lo que sus padres interpusieron reclamación y proceso sancionador que ha concluido con la sanción a la empresa responsable.



CURIOSIDADES & NOTICIAS

26 de marzo de 2025
"No todo vale", indica la Casa Real española. Por ello, ha presentado denuncia en Chile, por vulneración del derecho a la intimidad de la Princesa Leonor, cuya imagen fue filtrada a la prensa y captada mientras paseaba de compras con sus compañeros por un centro comercial en dicho país, con ocasión de unos momentos de descanso en la escala que el buque Juan Sebastián Elcano realizó en su travesía y el cuya tripulación forma parte la Princesa. Considera la Casa Real que se ha vulnerado la legalidad vigente de la Ley de Protección de Datos de Chile y por supuesto, la normativa española vinculada al Reglamento Europeo, como ciudadana que es de esta Unión.
20 de marzo de 2025
Tras varios años y diferentes expedientes sancionadores abiertos, la AEPD ha dictado una resolución sancionadora a LaLiga por importe de 1 millón de euros, por un uso indebido de datos biométricos para el acceso a estadios, sin haber llevado a cabo las herramientas debidas. Así, considera la AEPD que «para salvaguardar el derecho fundamental de los abonados a las gradas de animación», la AEPD ordena a LaLiga que «límite temporal o definitivamente el tratamiento», con el sistema de reconocimiento biométrico para los accesos a la grada de animación de los clubes y SAD afiliados a LaLiga, en tanto no realice y supere una evaluación de impacto de protección de datos del tratamiento que sea válida. La entidad sancionada, ha manifestado que procederá a recurrir la resolución sancionadora.
Condenado un hacker por acceder ilícitamente a datos personales para ejecutar una estafa
17 de marzo de 2025
La Audiencia de Valladolid ha condenado al acusado de obtener datos personales hackeando una web de coches a dos años y seis meses de prisión. El tribunal le considera responsable de un delito de estafa informática en concurso con otro de falsedad de documento mercantil y le impone además una multa de ocho meses con una cuota diaria de ocho euros y otros 55.875,6 euros más los intereses correspondientes en indemnizaciones. El condenado llevó a cabo un delito de estafa utilizando un hackeo ilegal de una web de compra/venta de vehículos accediendo al sistema ilegalmente para finalidades ilícitas.
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